Movimiento Internacional por la Democratización de los Mercados Financieros y sus Instituciones
OTRO MUNDO ES POSIBLE,
OTRO ARAGÓN TAMBIÉN.
           
     
 
FORO SOCIAL DE ZARAGOZA

JORNADAS SOBRE PRIVATIZACION

DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

Comisión de servicios publicos del FSZ

 

EL POR QUÉ DE LAS JORNADAS

Corren malos tiempos para el gasto publico social en general y para la protección social en particular. Las teorías económicas neoliberales que marcan la dirección del proceso globalizador realmente existente y que se nos esta imponiendo determinan, como uno de sus principios fundamentales, que lo publico es anacrónico e ineficaz y que lo privado es el paradigma de la eficacia, a pesar de las evidencias que demuestran lo contrario (como señala el profesor Vicenç Navarro , los países del centro y norte de Europa tienen economías eficientes y fuertemente competitivas al mismo tiempo que un importante gasto publico social y altos niveles de protección social ).

La realidad que se nos oculta es que las grandes corporaciones internacionales que tienen su área de negocio en el campo de los servicios han evaluado las grandes oportunidades que estos campos les ofrecen, siempre y cuando el Estado deje de prestar y gestionar los servicios públicos y pasen al sector privado dejando de ser un derecho para pasar a ser mercancía motivo de especulación .

A nivel internacional esta misión esta encomendada a la poco conocida Organización Mundial de Comercio (OMC), uno de cuyos acuerdos el Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (AGCS) trata de impulsar la privatización de los servicios públicos a nivel mundial de manera decidida e irreversible, mediante "acuerdos" de carácter supranacional, que a la postre determinara que en los países cuyos ciudadanos carezcan de protección social no la tendrán o la tendrán muy mermada y en aquellos otros que, como el nuestro, cuenten con esa protección se degrade de tal manera que vaya pasando al campo de lo privado y pueda ser motivo de especulación. Para ello cuentan con la inestimable ayuda de algunos gobiernos,

En el caso de España esta dinámica se manifiesta de manera evidente y es tanto más preocupante en cuanto nuestro estado de bienestar y protección social esta poco desarrollado en comparación con el promedio de la Europa de los 15 en términos de tanto por ciento del producto interior bruto( % PIB).

Nuestro gasto en protección social (% PIB) aumento hasta el año 1993, a partir de aquí se produce un cambio de tendencia, de manera que si en 1993 era de un 24% en el año 2000 descendió hasta un 20,1% , con lo que nuestro diferencial con la media europea se incremento hasta un importante 7,2% del PIB. , siendo España el país que, junto con Irlanda, gasta menos porcentualmente en protección social

Podría cuestionarse el eslogan aznariano de "España va bien" , lo que es incuestionable es que la España social no va bien, y esto es tanto mas escandaloso si tenemos en cuenta, tal y como alardea el gobierno, que nuestro crecimiento económico a estado por encima de la media europea . Pues bien, es evidente que este crecimiento no se ha empleado en mejorar nuestra protección social, ni para reducir nuestro déficit social con respecto a Europa, como muestran los datos mas bien ha sido al contrario.

Constatado esto, es preocupante que esta situación no sea motivo de una decidida reflexión por parte de la ciudadanía , puesto que afecta directamente a nuestra calidad de vida. También sorprende que ocupe tan poco espacio en los medios de información. Es evidente que existen poderosos intereses implicados en que esto siga por estos derroteros, y de que el reparto de la riqueza se realice de manera injusta, en beneficio de una minoría mientras la ciudadanía mira para otro lado.

Ante esta situación las jornadas que el FSZ propone pretenden crear una iniciativa que nos ayude a reflexionar y a ampliar la base social implicada en esta reflexión, en un intento modesto pero decidido de cambiar esta dinámica de degradación y a la postre de privatización progresiva de los servicios sociales. Pensamos que solo la ciudadanía ejerciendo la soberanía que le es propia, a través del uso de la democracia a todos los niveles, podrá obligar a los gobiernos, sean los que sean, a impulsar unos servicios sociales extensos y eficaces y una distribución de la riqueza mas justa, que al fin y al cabo es de lo que se trata.

Estas jornadas están enmarcadas dentro de un planteamiento mas amplio, de manera que el próximo paso sea el diseño de unas nuevas jornadas referidas a la situación especifica en nuestra comunidad autónoma, y la propuesta de un Observatorio de los Servicios Públicos en Aragón.

Nada de esto se podrá realizar sin el apoyo decidido de todas las organizaciones del FSZ, y en este sentido y si queremos ampliar la base social implicada es necesario que cada organización, en el entorno que le es propio, de a conocer la existencia de estas jornadas e incluso propicie el debate . En la comisión de servicios sociales del FSZ y durante el tiempo que falta hasta su celebración, nos brindamos para asistir a cuantas reuniones nos propongáis para ampliar la información ya sea sobre la situación actual o sobre la celebración de las jornadas.

 

FORO SOCIAL DE ZARAGOZA
-Documento de Análisis-

Zaragoza, 5 de febrero 2004

EL Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios . - A.G.C.S.

Para hablar del AGCS hay que empezar hablando de la Organización Mundial del Comercio, ya que este AGCS es sólo uno de los acuerdos que componen la OMC.

La Organización Mundial del comercio (O.M.C.), Organización ajena al sistema de Naciones Unidas, es un gran foro de negociaciones permanentes, formado por 148 países (147 + la Unión Europea que tiene voz única), cuyo objetivo es facilitar el comercio internacional, tendiendo permanentemente hacia una liberalización progresiva y creciente, removiendo para ello todas las barreras que se oponen al libre comercio, cualquiera que sea el sector de que se trate. Para ello, la OMC, a diferencia de las instituciones de Naciones Unidas, tiene capacidad sancionadora sobre sus miembros.

En el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) hay una serie de " Acuerdos " que establecen normas de aplicación en el ámbito de los mismos: así el Acuerdo sobre Comercio y Aranceles (GATT en inglés, origen de todos los demás y que regula el comercio de bienes y productos ), el Acuerdo sobre Agricultura(AOA), el Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual ligados al Comercio (ADPIC) ,el Acuerdo sobre Medidas sobre Inversión relacionadas con el Comercio (TRIMS, en inglés, que protege las inversiones extranjeras), el Acuerdo sobre el Órgano de Resolución de Diferencias(OSD), el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS),el Acuerdo de Evaluación de Políticas Comerciales (coordinación de OMC con BM y FMI), etc.

Todos estos Acuerdos están regidos por una serie de principios u Obligaciones Generales de la OMC ,aplicables a todos los países signatarios y a todas las materias objeto de los Acuerdos (bienes y productos, servicios, patentes, etc. ), como son:

- Nación Mas Favorecida(NMF): Todos los miembros son "nación mas favorecida" y productos similares provenientes de cualquiera de ellos deben ser tratados de forma idéntica.
Los estados renuncian a discriminar productos en función de criterios éticos, sociales o medioambientales.(fabricados en régimen de semiesclavitud, sin derechos laborales o sociales, por menores, en condiciones penosas, insalubres, etc.).
- Transparencia en las normas de regulación establecidas por los gobiernos de los países miembros;
- Exigencia de que esas regulaciones sean objetivas, razonables, imparciales y no supongan "barreras innecesarias al comercio". Son barreras innecesarias las subvenciones(Articulo XV AGCS) o los controles de capital (art. XI), y en general todas las que limiten la competencia(Art. IX).

Existen asimismo otras Obligaciones Específicas, que en el caso del comercio de servicios se aplican únicamente a aquellos sectores cuya liberalización se ha comprometido con otros países, como son:

- Trato Nacional(TN): Los miembros han de dispensar a los productos importados de cualquier otro miembro, el mismo trato que a sus propios productos. Cualquier forma de protección a la producción nacional es potencialmente impugnable ante el Organo de Solución de Diferencias(OSD).

- Acceso al Mercado (AM), para evitar limitaciones o condiciones establecidas por las diversas administraciones (local, regional y nacional) en la prestación de los servicios; pudiendo aplicarse estas obligaciones de modo "horizontal (afectando a todos los servicios o a todas las modalidades de prestación de un determinado servicio) o en "vertical" (afectando a un solo sector de servicios o a una sola modalidad de prestación de todos ellos).

La primera cosa a clarificar en torno al AGCS es que no se trata de un Acuerdo cerrado, que se hace de una vez por todas. El AGCS es un acuerdo-marco destinado a ser continuamente "mejorado" en el sentido de "una liberalización progresiva", como él mismo especifica, que afectará tanto al número de sectores de servicios comprometidos como a la profundización del nivel de compromiso adquirido, resultando clarificador que el Ministerio de Comercio de los EUA lo defina como el acuerdo diseñado para reducir o eliminar aquellas medidas gubernamentales que impidan que los servicios sean suministrados " libremente" y a través de las fronteras nacionales; para ello se prevén una serie de negociaciones sucesivas (en las que se desarrolla una espiral desregulación-liberalización-privatización y vuelta a empezar) como las que se iniciaron a comienzos del 2000 y continúan aun en la actualidad y cuya finalización total está marcada para el año 2005.

Estas negociaciones van pasando por una serie de etapas, estando ahora en un proceso llamado de Demandas-Ofertas por el que cada país miembro debe manifestar las peticiones de los servicios que desea sean liberalizados en los otros países y, posteriormente, expondrá aquellos que está dispuesto a que lo sean en su país. Este proceso debe haber finalizado el 31 de marzo del 2003, pasando luego a la fase de las negociaciones sobre las demandas y las ofertas hechas.

¿PORQUÉ LOS SERVICIOS PUBLICOS?

-Porque los Servicios Públicos representan mas de la mitad del comercio mundial.
1 billón de dólares en agua, 2 billones en educación y 3,5 billones en sanidad. En su conjunto los servicios representan un 50% de la economía mundial, que se eleva a 2/3 en los países ricos, destacando la UE como el principal exportador de servicios ( 25% del total de exportaciones, equivalentes a 300 millardos € (un millardo = mil millones) al año, y más del 50% de inversión extranjera directa).

-Porque por formar parte de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículos 22, 25 y 26 entre otros), los Servicios Públicos han estado protegidos de la voracidad empresarial y por lo tanto son "nuevos mercados " con "grandes oportunidades de negocio ".

-Porque los mercados de materias primas y mercancías ya están cubiertos por el otro gran acuerdo de la OMC, el GATT(Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio), son mercados "maduros" (quiere decir que ya se han explotado buena parte de sus posibilidades) y con signos de agotamiento.


La segunda característica de las negociaciones dentro del AGCS como del resto de acuerdos de la OMC es que son secretas (al menos para la ciudadanía, pues las grandes empresas, como el Foro Europeo de Servicios, sí están al tanto de las negociaciones e influyen notablemente en su desarrollo). Cuando diversas organizaciones se han dirigido al Sr. Pascal Lamy (el Sr. Lamy es el Comisario de Comercio de la UE) para exigirle que se hicieran públicas, éste ha respondido que el secreto se hacía necesario para proteger la soberanía e independencia de todo los países a la hora de decidir sus políticas comerciales. Ha tenido que ser por medio de una "filtración" como se ha conocido las peticiones de la UE. a 109 países, donde se pide la liberalización de los servicios relacionados principalmente con energía, transporte, telecomunicaciones, y medio ambiente, destacando el agua (abarcando el ciclo completo desde la captación hasta la depuración), dando lugar a verdaderos ataques de irritación por parte de la Comisión y acusaciones de estar en contra de favorecer a los países pobres, etc. Se nos hace incomprensible que quieran ocultar tan buenas intenciones, a no ser que quieran evitar el que se denuncie su cinismo, dado que estas peticiones se centran en los países más empobrecidos (94 sobre 109, estando 29 de éstos en una situación crítica, como Mozambique, Angola, Bangladesh, Madagascar y Tanzania).

¿Qué servicios se incluyen en el AGCS?

Los servicios de los que se ocupa el AGCS son todos, con la excepción, de momento, de los bancos centrales, la justicia, la policía y la defensa nacional.

En el texto del AGCS se afirma inicialmente que quedan excluidos aquellos servicios que son "suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales (Art. I 3.b); según esto los servicios públicos, por ejemplo la educación, la sanidad, correos ,etc.- para los que no existe en el Acuerdo ninguna mención específica, a pesar de ser consustanciales a los derechos sociales básicos de los ciudadanos por sus características de acceso universal e igualitario- quedarían excluidos y así lo afirman algunos funcionarios, sobre todo en Europa, cuando se dirigen a asociaciones que son contrarias al AGCS; lo que no dicen es que el texto continúa (Art. I 3.c) de la siguiente forma: " c) un 'servicio suministrado en ejercicio de facultades gubernamentales' significa todo servicio que no se suministre en condiciones comerciales (cobrando una tasa) ni en competencia con uno o varios proveedores de servicios." Pensemos en la sanidad o la educación, el suministro de agua o la recogida de basuras. Con lo cual, como decíamos antes, tan solo quedan fuera los bancos centrales, la policía, la justicia y la defensa nacional.

El AGCS además de establecer qué servicios son concernidos delimita cuatro modos de proveerlos. El modo I hace referencia a prestaciones transfonterizas sin presencia material (p.e. difusión de TV vía satélite hacia otros países)y el modo II atañe al consumo de servicios en el extranjero (p.e. hoteles para turistas), pero los dos modos restantes son especialmente peligrosos. El modo III es la presencia comercial y se refiere simplemente a la inversión extranjera (p.e. apertura de sucursales bancarias en el extranjero), que viene por este medio a poner en pie, en gran medida, lo que pretendía el fracasado AMI (Acuerdo Multilateral de Inversiones), es decir otorgar la "libertad" de invertir dónde, cuándo y cómo los inversores deseen sin límites ni restricciones sean medioambientales, laborales, sociales, sanitarias o de otro tipo. El modo IV se refiere a la presencia temporal de personas físicas de un país sobre el territorio de otro; es decir que una empresa de servicios extranjera que realiza o provee un servicio en un país puede importar personal de otro país para la realización del mismo; esta presencia temporal puede ser aplicada tanto en el sector público como en la empresa privada, por ejemplo en la construcción, obras públicas, etc. Así estos trabajadores serían contratados por muy bajos salarios, su estancia estaría limitada al estricto período de trabajo, y se situarían al margen del derecho y los convenios del sector existentes en el país en que desempeñan el trabajo. Con ello se conseguiría una fuerte presión a la baja de los salarios y de los derechos laborales.

Más peligros que encierra el A.G.C.S.

- La OMC considera en su principio llamado Trato Nacional, que no se puede otorgar distinto trato a una empresa nacional que a una extranjera que compita en el mismo sector. Supongamos el sector de la Sanidad o de la Educación. Como en este caso el Estado (ayuntamiento, diputación, autonomía, etc.) es la empresa nacional, el que presta estos servicios, si una empresa (extranjera o nacional) quisiera también entrar en esos "mercados", el Estado que haya firmado compromisos en estos sectores, tendrá dos posibilidades:
1º) abandonar el sector (hospitales, escuelas)
2º) otorgar a los competidores la misma financiación pública que otorga a sus hospitales y colegios.

Y para asegurarse de su cumplimiento el AGCS dispone de su propio "tribunal"(extrajudial), el Organo de Solución de Diferencias(OSD), que dicta resoluciones obligatorias para los países miembros.

¿Surrealista? Las resoluciones del OSD habidas hasta la fecha a favor del denunciante han sido 10 sobre 11 alegando que las regulaciones correspondientes no eran "estrictamente necesarias", mientras que bajo el régimen del GATT(acuerdo sobre comercio de mercancías), ya han obligado a los estados a pagar indemnizaciones y revisar sus legislaciones a consecuencia de reclamaciones de empresas privadas

- Los acuerdos que se toman son irreversibles. Los posteriores gobiernos que quisieran echarse atrás de un acuerdo contraído, tendrían que someterse a un sistema de compensaciones que en la práctica lo hacen imposible.

-Los Servicios Públicos bajo las normas del AGCS, dejarán de ser financiados por los gobiernos. Una gran excusa para los gobiernos ahorradores de Servicios Públicos.

-Los Servicios Públicos prestados por empresas serán mas caros y de peor calidad.
La experiencia que se va almacenando indica que:
-En prácticamente todos los casos, los ciudadanos han tenido que pagar más a cambio de peores servicios ,
-Los sectores mas pobres "renuncian" al uso de esos servicios.
-En algunos casos los gobiernos han tenido que retomar los servicios privatizados, haciéndose cargo de las cuantiosas deudas dejadas por las empresas concesionarias.



¿QUÉ PODEMOS HACER?

- Aumentar nuestra información sobre el AGCS y la OMC.

- Exigir a nuestros representantes mas cercanos, alcaldes y D.G.A. que:

A) Se informen sobre las negociaciones sobre privatización de Servicios Públicos que lleva a cabo el gobierno en la OMC.

B) Informen a los exhaustivamente a los ciudadanos sobre este acuerdo y sus implicaciones de todo tipo.

C) Promueva acciones para salvaguardar los Servicios Públicos, del siguiente modo:
1º Paralización del proceso de negociaciones del AGCS hasta que se produzca una evaluación económica y social completa del impacto de las privatizaciones habidas.

2º Exclusión expresa de los Servicios Públicos del AGCS: Educación, sanidad, agua, energía, comunicaciones, transportes ...

3º Que cualesquiera negociaciones en organismos multilaterales de comercio se rijan por los principios de transparencia y publicidad, control demócrático, y sujeción a las Cartas Internacionales sobre Derechos Humanos y de la Organización Internacional del Trabajo., así como los acuerdos sobre medio ambiente y biodiversidad.


- Instar a organizaciones vecinales y municipales al incremento de la participación ciudadana en la gestión de los Servicios Públicos.


¡LOS SERVICIOS SOCIALES SON NUESTROS DERECHOS. SON DERECHOS HUMANOS. LOS GOBIERNOS TIENEN LA OBLIGACION DE GARANTIZARLOS!.

¡VIGILEMOS E IMPIDAMOS QUE NINGUN DERECHO SOCIAL PASE A MANOS PRIVADAS!